27 Nov, 2015 | Blog

Por Emilio Moeckel

La contaminación acústica es la presencia en el ambiente de ruidos o vibraciones. El ruido  es una amenaza invisible que está presente en nuestra vida cotidiana tanto en el trabajo, como en la calle e incluso en nuestra propia casa. Acostumbrados a generarlo y a soportarlo quizás no nos demos cuenta de sus nocivas consecuencias, puesto que es uno de los factores ambientales que provoca más enfermedades, puede producir malestar y dificulta o impide la atención, la comunicación, la concentración, el descanso y el sueño. La reiteración de estas situaciones puede ocasionar estados crónicos de nerviosismo o estrés lo que, a su vez, lleva a trastornos psicológicos, enfermedades cardiovasculares y alteraciones del sistema inmunitario. La disminución del rendimiento escolar o profesional, los accidentes laborales o de tráfico, ciertas conductas antisociales, la tendencia a cambiar de vivienda y pérdida del valor de los inmuebles son algunas de sus consecuencias.
El origen del ruido proviene de diferentes fuentes: actividades industriales, obras públicas, transporte, construcción, servicios de limpieza y recogida de basura, sirenas y alarmas, así como de actividades lúdicas y recreativas con música alta o bullicios de gente en zonas de ocio, pubs, bares y restaurantes.
Dado que la molestia del ruido puede tener un componente de apreciación subjetiva, para llegar a objetivizar las incomodidades procedentes de inmisiones ruidosas es conveniente acudir a mediciones sonométricas.
España es el país de Europa que registra el mayor índice de ruido y el segundo del mundo después de Japón, de ahí la preocupación por actuar jurídicamente frente a la contaminación acústica. Las vías jurisdiccionales a las que se puede acudir para conseguir la tan añorada tranquilidad puede ser civil, penal, administrativa y laboral.
Con normativa estatal, como la Ley del Ruido de 2003, y distintas normativas locales y autonómicas poco respetadas, como el Decreto 6/2012 por el que se regula el Reglamento de Protección contra la contaminación acústica en Andalucía, pretendemos combatir este atentando  contra la salud.
El Tribunal Supremo ha apreciado desde hace años la modalidad de prevaricación en su forma omisiva del Código Penal en los Alcaldes, por omitir cumplir con las obligaciones propias de su cargo en lo que se refiere a la potestad sancionadora, la vigilancia y control de actividades e industrias susceptibles de generar ruido ambiental. Las últimas sentencias en materia de lucha contra el ruido reconoce a la víctima del ruido como auténticas víctimas de lesiones que ven violados sus derechos constitucionales, como el derecho a la intimidad, a la salud y a un medio ambiente adecuado.
La forma más efectiva de combatir la contaminación acústica es a través de un procedimiento extrajudicial o judicial dirigido por un Abogado experto en este ámbito, como los integrantes de la firma Emilio Moeckel – Abogados ICIDE.

 

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